miércoles, febrero 13, 2008

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PROVISIONALES DE LA VI VISITA DE LACCIODH. ESTADO DE CHIAPAS. FEBRERO 2008

*BOLETÍN DE PRENSA Nº 9 DE LA VI VISITA DE LA COMISIÓN CIVILINTERNACIONAL DE OBSERVACIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS (CCIODH)* *CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PROVISIONALES DE LA VI VISITA DE LACCIODH. ESTADO DE CHIAPAS. FEBRERO 2008*

Diez años después de nuestra primera visita y, tras el trabajodesarrollado a lo largo de estos siete días, podemos hacer un balanceprovisional del estado de cumplimiento de nuestras anterioresrecomendaciones. La perspectiva histórica que nos ofrece el tiempotranscurrido desde nuestra primera visita, así como el anuncio por partedel nuevo gobernador Juan Sabines de dejar atrás algunas de lasprácticas de gobiernos anteriores, justificaba el interés de nuestrapresencia en Chiapas. Después de entrevistarnos con un amplio número depersonas, organizaciones, sectores sociales e instituciones, presentamoslas siguientes

*CONCLUSIONES PROVISIONALES*

1. A 10 años de la masacre de Acteal, la situación social en Chiapassigue atravesada por profundas dinámicas de desigualdad y exclusión.Tales dinámicas afectan a la mayor parte de su población, siendoespecialmente intensa en el caso de las mujeres y de la poblaciónindígena y campesina.
2. Los poderosos obstáculos en el acceso a recursos básicos para lasupervivencia y el libre desarrollo individual y colectivo, se sitúan enel trasfondo del conjunto de las graves vulneraciones de los derechoshumanos detectadas. Tales dificultades afectan esencialmente a laposesión de la tierra, el acceso al agua, a la energía y a labiodiversidad en su conjunto.
3. La desigual e insuficiente satisfacción de servicios básicos en elterreno educativo y de salud, junto con otras vulneraciones de derechossociales y culturales fundamentales explican igualmente la preocupantesituación de los derechos humanos en la región.
4. La existencia de necesidades básicas insatisfechas, junto con lafalta de confianza en los cauces institucionales de participación,genera procesos de organización social. La reivindicación colectivaorganizada, en efecto, es vista como única vía de realización, siempreparcial, coyuntural y competitiva, de los intereses y necesidades másesenciales.
5. En algunos casos la movilización colectiva supera la dimensiónreivindicativa para apostar por respuestas de autotutela de losderechos. La construcción de las autonomías indígenas de las comunidadeszapatistas es sin duda el ejemplo más avanzado pues genera espaciospropios de participación social, económica y política cuya intensidaddesborda los referentes institucionales y confronta profundas dinámicasde dominación cultural todavía vigentes.
6. Frente a lo anterior, los poderes públicos han venido respondiendocon políticas de desarrollo social que no han respetado esta realidad,ni han incorporado seriamente la participación de las comunidades en eldiseño de las mismas. Por tanto, su implementación viene creandodivisión y conflictos en muchas comunidades.
7. La política de control y represión de esta movilización colectivatambién ha diseñado contextos de vulneración de derechos humanos. Tal ycomo ya se constató en informes anteriores, la presencia militar en lazona constituye también un elemento que favorece el conflicto. Lacontinuidad de tal presencia militar resulta desproporcionada y portanto es injustificada.
8. La primera visita tuvo como objeto la reacción de la sociedad civilinternacional frente a la masacre de Acteal. En la actualidad –diez añosdespués- podemos afirmar que la impunidad continúa. La creación, porparte del nuevo gobierno, de la Fiscalía especializada para el caso deActeal no ha logrado ningún avance significativo al respecto. Ladetención de sujetos ya condenados por estos hechos, la revisión de lassanciones administrativas ya impuestas o la firma de acuerdos con lacomunidad sin reconocimiento de la verdad sobre los hechos sonsimplemente actos políticos de carácter simbólico, inútiles para elalcance de la justicia.
9. La CCIODH advierte que en la actualidad continúan apareciendonumerosos casos de impunidad de los servidores públicos. Este hecho nofavorece en absoluto la confianza en el sistema judicial ni dibuja elmejor contexto para la lucha contra las violaciones de derechos humanos.Pese a algunos gestos de buena voluntad del nuevo equipo de gobierno, nose ha avanzado realmente en este aspecto. Especialmente inquietanteresulta la reiteración de un patrón de actuación de servidores públicosconsistente en la consideración denuncias falsas, el uso del maltratofísico como medio de obtención de declaraciones autoinculpatorios y elvalor probatorio de tales confesiones en el proceso judicial. Estemodelo, que frecuentemente concluye con sentencias de muchos años decárcel, sirve como mecanismo para la persecución de miembros deorganizaciones sociales y como instrumento de contrainsurgencia, en elque participan además particulares en connivencia con las autoridades.
10. Desde nuestros primeros informes hemos venido destacando lapresencia de grupos paramilitares así como recomendando su disolución ydesarme. Lamentablemente, seguimos detectando tanto la continuidad de supresencia como su conexión con agentes de la seguridad pública. Enalgunas áreas geográficas su actividad incluso ha aumentado.
11. La CCIODH ha detectado numerosas irregularidades en elfuncionamiento de la justicia que la hacen partícipe del mencionadomodelo de reacción frente a las organizaciones sociales y en especialcontra personas y comunidades indígenas, respecto de las cuales laindefensión continúa siendo regla general.

*RECOMENDACIONES*
1. La extensión y democratización del acceso a los recursos y serviciosbásicos constituye el punto de partida de cualquier avance en lavigencia de los derechos humanos en Chiapas. Por ello, deberíanabandonarse aquellas políticas de carácter neoliberal que conducen a unacceso restringido y privatizado a los recursos básicos y que además sehan demostrado insostenibles ecológica y socialmente.
2. Los poderes públicos deben respetar y promover los procesos deautonomía de los pueblos y comunidades indígenas, dada su demostradacapacidad de satisfacción de necesidades básicas.
3. Cualquier programa gubernamental de desarrollo económico y socialdeber ser consensuado con los sectores sociales verdaderamenterepresentativos. Cuando éstos afecten a los intereses de los pueblosindígenas necesariamente se deberá obtener de los mismos suconsentimiento previo, libre e informado, tal y como exige laDeclaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
4. Constituye una necesidad inaplazable emprender la desmilitarizaciónde la zona. La presencia militar debe ser estrictamente limitada aldesarrollo de las funciones constitucionalmente señaladas, evitando atoda costa su incidencia en la vida de las comunidades.
5. Debe procederse definitivamente al desarme y disolución de todos losgrupos paramilitares aún presentes en el Estado, a la persecuciónjurídica de sus miembros y máximos responsables y a la depuración deresponsabilidades políticas que se pudieran derivar.
6. Los poderes públicos deben implicarse de inmediato y de maneracontundente en la lucha contra la impunidad. Más allá de reformasnormativas pendientes, es imprescindible la determinación política paraacabar con este fenómeno.
7. Debe abandonarse toda práctica de utilización del sistema punitivopara criminalizar y reprimir los movimientos y las organizacionessociales. En este sentido, es necesario introducir reformas tendentes aeliminar las situaciones de indefensión, abuso de poder, vulneración delprincipio de presunción de inocencia, construcción de denuncias falsas,y la creación de delitos que por su amplitud puedan ser utilizados enesta dinámica represiva.
8. Es urgente abordar una reforma estructural del sistema de imparticiónde justicia que asegure su verdadera accesibilidad, su imparcialidad yla vigencia de todas las garantías básicas. Debe asegurarse una defensade oficio de calidad, la presencia de traductores de confianza quegaranticen los derechos lingüísticos de las personas indígenas ypermitir que las víctimas de sucesos delictivos puedan actuar como parteen los procesos judiciales, abandonando el monopolio del ministeriopúblico y con ello evitar sospechas sobre su parcialidad.
9. Por último, la realización de la justicia se constituye como elelemento imprescindible e inaplazable para construir la memoriahistórica del conflicto. Sólo sobre el reconocimiento de la verdad es posible construir las basespara la reparación a los afectados y la solución de los problemaspsicosociales derivados del mismo.

San Cristóbal de las Casas, a 9 de febrero de 2008 Atentamente: Comisión de Prensa de la CCIODH -- Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos HumanosC/ de la Cera, 1 bis. 08001 Barcelonatel: 34-93-5113966fax: 34-93-3290858email: cciodh@pangea.orghttp://cciodh.pangea.org

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